Regl. 9026, art. 15.5 dup2
Vigencia
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Cite as Reglamento Núm. 9026, Art. 15.5 dup2
Este Reglamento entrará en vigor treinta (30) dÃas después de su aprobación y radicación
en el Departamento de Estado, de acuerdo con las disposiciones de Ley Núm. 38 -2017.
En San Juan, Puerto Rico, a 14 de mayo de 2018.
DiR
Alberto 00 Cruz Albarrán
Lcda. Darelis López Rosario
Directora Ejecutiva
Comisionado
Comisión para la Seguridad en
Negociado del Cuerpo de Bomberos de
el Tránsito
Puerto Rico
14 I Página Reglamento de Normas y Procedimientos para Adquirir Certificación De Orientación
sobre la Instalación Adecuada de Asientos Protectores