Regl. 9027, art. II
INTRODUCCIÓN Y PROPÓSITO
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Cite as Reglamento Núm. 9027, Art. II
La familia es una parte esencial en la vida de todo ser humano. Es por esto que
se toma la iniciativa de modificar el reglamento actual de visitas del Departamento
de Corrección y Rehabilitación. Se revisaron datos, estudios y reseñas con el
propósito de conocer la importancia que tiene la integración de la familia durante
el proceso de rehabilitación.
La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula en su Artículo 16 que:
"La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a
la protección de la sociedad y el ser humano". Por su parte, las Naciones Unidas
concibe a la familia como un pilar de la sociedad.
En Puerto Rico, el Artículo VI Sección 19 de la Constitución de Puerto Rico impone
la responsabilidad de "reglamentar las instituciones penales para que sirvan a sus
propósitos en forma efectiva y propender, dentro de los recursos disponibles, al
tratamiento adecuado de los delincuentes para hacer posible su rehabilitación
moral y social". Según el Tribunal Supremo de Puerto Rico, la rehabilitación es el
"proceso mediante el cual se pretende reintegrar adecuadamente a una persona
a la sociedad y desarrollar en él la capacidad de desenvolverse por sí mismo".
El Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) ofrece diversos programas
dirigidos a lograr la rehabilitación del miembro de la población correccional;
haciendo una revisión de estos, los mismos son enfocados en el área ocupacional,
capellanía y recreativos. Estos son importantes y necesarios para lograr la
rehabilitación; no obstante, este proceso necesita un refuerzo. Este refuerzo se
enfoca en el área emocional primaria para todo ser humano, la familia.
La familia es el primer núcleo social y el que más influye en el desarrollo de la
personalidad del ser humano. El escenario de las instituciones correccionales
debe tener espacio para la familia, de forma tal que logre influenciar todas las
vivencias, experiencias, aprendizajes y sentimientos que la población realiza en
el núcleo familiar.
La inclusión de la familia en el proceso de rehabilitación se debe mirar desde la
perspectiva de refuerzo positivo, con el fin de lograr un mejor comportamiento,
disminuyendo el efecto de separación creado por la sentencia a cumplir. El efecto
de la separación crea graves efectos psicológicos tanto en el miembro de la
población correccional como en su núcleo familiar, es por esto que distinguimos
que, para una modificación de conducta y mejor sociedad, la familia es esencial
como su grupo primario de apoyo en el desarrollo de modificación de conducta.
La inclusión de la familia es el refuerzo positivo que facilitaremos al miembro de
la población correccional, con el fin de mejorar su comportamiento y mejorar su
integración social y emocional.
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Desde la perspectiva legal y humana es que se crea un nuevo reglamento de
visitas, mediante el cual la familia sea el principal elemento a considerar para que
el privilegio de visitas cumpla su misión rehabilitadora en el miembro de la
población correccional. De tal forma que aporte a una reintegración social
efectiva, reduciendo la reincidencia delictiva al enfrentar los retos de reintegración
social que confrontan todos los miembros de la población correccional, así como
también desarrollando su inteligencia emocional al interactuar con los miembros
de su familia. Cada miembro de la familia presenta una relación interpersonal
familiar y, a su vez, individualmente permite que la experiencia sea una con un fin
de mejorar sus relaciones interpersonales y de integración social.