Regl. 9027, art. II

INTRODUCCIÓN Y PROPÓSITO

Length: 565 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9027, Art. II

La familia es una parte esencial en la vida de todo ser humano. Es por esto que se toma la iniciativa de modificar el reglamento actual de visitas del Departamento de Corrección y Rehabilitación. Se revisaron datos, estudios y reseñas con el propósito de conocer la importancia que tiene la integración de la familia durante el proceso de rehabilitación. La Declaración Universal de Derechos Humanos estipula en su Artículo 16 que: "La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y el ser humano". Por su parte, las Naciones Unidas concibe a la familia como un pilar de la sociedad. En Puerto Rico, el Artículo VI Sección 19 de la Constitución de Puerto Rico impone la responsabilidad de "reglamentar las instituciones penales para que sirvan a sus propósitos en forma efectiva y propender, dentro de los recursos disponibles, al tratamiento adecuado de los delincuentes para hacer posible su rehabilitación moral y social". Según el Tribunal Supremo de Puerto Rico, la rehabilitación es el "proceso mediante el cual se pretende reintegrar adecuadamente a una persona a la sociedad y desarrollar en él la capacidad de desenvolverse por sí mismo". El Departamento de Corrección y Rehabilitación (DCR) ofrece diversos programas dirigidos a lograr la rehabilitación del miembro de la población correccional; haciendo una revisión de estos, los mismos son enfocados en el área ocupacional, capellanía y recreativos. Estos son importantes y necesarios para lograr la rehabilitación; no obstante, este proceso necesita un refuerzo. Este refuerzo se enfoca en el área emocional primaria para todo ser humano, la familia. La familia es el primer núcleo social y el que más influye en el desarrollo de la personalidad del ser humano. El escenario de las instituciones correccionales debe tener espacio para la familia, de forma tal que logre influenciar todas las vivencias, experiencias, aprendizajes y sentimientos que la población realiza en el núcleo familiar. La inclusión de la familia en el proceso de rehabilitación se debe mirar desde la perspectiva de refuerzo positivo, con el fin de lograr un mejor comportamiento, disminuyendo el efecto de separación creado por la sentencia a cumplir. El efecto de la separación crea graves efectos psicológicos tanto en el miembro de la población correccional como en su núcleo familiar, es por esto que distinguimos que, para una modificación de conducta y mejor sociedad, la familia es esencial como su grupo primario de apoyo en el desarrollo de modificación de conducta. La inclusión de la familia es el refuerzo positivo que facilitaremos al miembro de la población correccional, con el fin de mejorar su comportamiento y mejorar su integración social y emocional. -2- Desde la perspectiva legal y humana es que se crea un nuevo reglamento de visitas, mediante el cual la familia sea el principal elemento a considerar para que el privilegio de visitas cumpla su misión rehabilitadora en el miembro de la población correccional. De tal forma que aporte a una reintegración social efectiva, reduciendo la reincidencia delictiva al enfrentar los retos de reintegración social que confrontan todos los miembros de la población correccional, así como también desarrollando su inteligencia emocional al interactuar con los miembros de su familia. Cada miembro de la familia presenta una relación interpersonal familiar y, a su vez, individualmente permite que la experiencia sea una con un fin de mejorar sus relaciones interpersonales y de integración social.
Regl. 9027, art. II: INTRODUCCIÓN Y PROPÓSITO | Justis AI