Regl. 9028, art. 3-3.04
- Formas de Demostrar Cumplimiento.
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Cite as Reglamento Núm. 9028, Art. 3-3.04
A. Las Microredes Renovables deben demostrar su cumplimiento con los
requisitos de la Sección 3.03(A) de este Reglamento. Las siguientes tres
alternativas para demostrar cumplimiento son aceptables. Los solicitantes
deben seleccionar la alternativa preferida e identificar la misma en su solicitud
de registro.
1. Plan Operacional.
Incluir un plan operacional describiendo los tipos de activos de
generación en la Microred y la forma en que serán utilizados para
7 El Apéndice B de este Reglamento contiene varios ejemplos sobre cómo cumplir con estos requisitos.
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cumplir con la demanda anticipada y, cada año a partir de entonces,
presentar un informe operacional anual detallando el uso de
combustible y demostrando el cumplimiento con los requisitos de la
Sección 3.03(A) de este Reglamento.
2. Generadores de gas y petróleo.
Las Microredes Renovables con activos de generación limitados a
generadores de energía solar fotovoltaica y generadores de petróleo o
gas natural, se supondrá que cumplen con estos requisitos si consumen
menos de cierto límite mensual de combustible fósil, según calculado
utilizando el modelo incluido como Apéndice A de este Reglamento y
presentado en conjunto con su solicitud. Las Microredes deberán
mantener registros mensuales de consumo de combustible, y presentar
un informe anual de consumo de combustible para cada año en el que
la Microred esté en operación.
3. Generadores de diésel.
Cualquier Microred Renovable con activos de generación limitados a
generadores de energía solar fotovoltaica y generadores a base de
diésel, se supondrá que cumplen con estos requisitos si consumen
menos de 3.5 galones de diésel por mes por kilovatio de capacidad
fotovoltaica. Las Microredes deberán mantener registros mensuales de
consumo de combustible, y presentar un informe anual de consumo de
combustible para cada año en el que la Microred esté en operación.
B. Microredes CHP deben demostrar su cumplimiento con los requisitos de la
Sección 3.03(B) de este Reglamento, de la siguiente forma.
1. Solicitudes de Microredes CHP deben incluir una descripción del
equipo de generación y recuperación de calor a ser instalado y el uso
de la energía térmica, así como un plan de flujo de calor presentando la
entrada de combustible, generación eléctrica y producción de energía
térmica útil y el consumo para condiciones típicas de operación.
Cuando más de un generador sirva a la Microred, la solicitud debe
describir todos los activos de generación y la forma en la cual serán
despachados para suplir la demanda eléctrica y térmica anticipada.
2. Las Microredes deberán presentar informes operacionales anuales
detallando el uso de combustible, generación eléctrica, y el consumo de
energía térmica, demostrando el cumplimiento con los requisitos de la
Sección 3.03(B) de este Reglamento.
C. Las Microredes Híbridas deberán presentar demostraciones de cumplimiento
separadas tanto para la partida renovable y para la partida CHP de la Microred.
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