Regl. 9028, art. 5-5.06
- Facturación.
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Cite as Reglamento Núm. 9028, Art. 5-5.06
A. Las Facturas de Servicio Eléctrico deben ser emitidas en intervalos periódicos
regulares para todos los Clientes que utilicen servicios de una Microred y de
acuerdo con los términos del contrato. El término de vencimiento para el pago
será dentro de treinta (30) días de la emisión de la Factura de Servicio
Eléctrico, la cual puede ser emitida electrónicamente 0 por correo.
B. Todas las Facturas de Servicio Eléctrico deben ser redactadas de forma clara y
simple para que sean fáciles de entender sin requerir que sus lectores tengan
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conocimiento especializado para su entendimiento y deben incluir la
información de contacto de la Comisión y de la Oficina Independiente de
Protección al Consumidor.