Regl. 3733, art. 3

- Propósito

Length: 129 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3733, Art. 3

Este Reglamento se adopta para estatuir las normas y el procedimiento necesario a fin de implantar adecuadamente las disposiciones de la Ley Núm. 52 de lro de julio de 1988, enmendadora de la "Ley del Instituto de Ciencias Forenses", dirigidas a proteger la integridad de la investigación criminal. Mediante estas disposiciones se faculta al Secretario de Justicia a autorizar la expedición de copias certificadas de los informes de autopsias y de análisis científicos preparados por el personal profesional del Instituto de Ciencias Forenses de Puerto Rico, cuando dichos informes estén relacionados con alguna investigación criminal en proceso, a modo de prevenir cualquier divulgación indebida 0 - 2 inoportuna de detalles críticos para la investigación fiscal referentes a dichos informes que pueda poner en riesgo el éxito de la misma.
Regl. 3733, art. 3: - Propósito | Justis AI