Regl. 3782, art. 23
PROCEDIMIENTO DE ACCION INMEDIATA
Length: 124 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3782, Art. 23
En aquellos casos en que la Corporación de Seguros AgrÃcolas de Puerto Rico emita una resolución u orden de acción inmediata al amparo de la Sección 3.17 de la Ley Núm. 170, en la
misma resolución u orden notificará a las partes con interés y
a la parte destinataria de la resolución u orden la fecha de la
vista para considerar si la resolución u orden se hace permanente,
se deja en vigor temporeramente O se deja sin efecto. Esta vista
tendrá lugar dentro de los 10 dÃas laborables siguientes a la
expedición de la resolución u orden de acción inmediata.
Una vez concluÃda la vista a que se hace referencia en este
artÃculo, el oficial examinador determinará el curso ulterior de
los procedimientos.