Regl. 9040, art. 5-5.02 dup2
- Cuenta Especial.
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Cite as Reglamento Núm. 9040, Art. 5-5.02 dup2
Todos los recaudos que obtenga el Instituto como resultado de la imposición de
multas 0 sanciones, incluyendo los intereses devengados a raíz del pago moroso de
multas 0 sanciones, serán depositados en una cuenta especial a esos fines. Los dineros
así recaudados y depositados serán ser utilizados por el Instituto para financiar
proyectos para mejorar metodologías 0 procesos estadísticos de los organismos
gubernamentales 0 para proyectos estadísticos especiales.
A su discreción, el Instituto podrá depositar también en esta cuenta especial las
donaciones y fondos que reciba para financiar proyectos para mejorar metodologías
0 procesos estadísticos de los organismos gubernamentales 0 para proyectos
estadísticos especiales, y usar los dineros recaudados de la imposición y cobro de
multas 0 sanciones para ese fin.
En San Juan Puerto Rico, hoy día 29 de junio de 2018.
Dr. Antonio J. Fernós Sagebien
Presidente
99 Dr. Mario Marazzi Santiago
Director Ejecutivo
Junta de Directores
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