Regl. 9046, art. VII dup2
FUNCIONES Y DEBERES DE LA JUNTA DE SUBASTAS
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Cite as Reglamento Núm. 9046, Art. VII dup2
7.1 Funciones y deberes de la Junta de Subastas:
a) Celebrar las reuniones de apertura de las Subastas Formales.
b) Evaluar y validar los documentos que sustenten cada subasta.
c) Emitir una recomendación de adjudicación al Director Ejecutivo en torno a cada
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subasta que llegue a su consideración.
d) Identificar la necesidad de asesoramiento técnico especializado y solicitar al
Director Ejecutivo la designación del recurso.
e) Ordenar la celebración de vistas, vistas oculares y conceder audiencias en asuntos
relacionados con las subastas bajo su consideración.
f) Recomendar al Director Ejecutivo la cancelación de una subasta antes O después
de su adjudicación.
g) Atender la reconsideración de las condiciones de la subasta incluidas en los pliegos
de la subasta o de la adjudicación de una Subasta.
h) Observar porque se cumpla con las normas relativas a las compras durante el
período de veda eleccionario.
i) En caso de celebrarse una subasta y recibirse una sola licitación o propuesta que
no sea conveniente para la ACAA, recomendar al Director Ejecutivo, según dispone
el Artículo 17.4 de este Reglamento.
j) Descargar sus funciones en cumplimiento con este reglamento, con cualquier ley y
reglamento aplicable.
7.2
Funciones y deberes del Presidente de la Junta:
a) Convocar reuniones ordinarias y extraordinarias de la Junta.
b) Presidir las reuniones de la Junta de Subastas.
c) Establecer la agenda y orden de los asuntos.
d) Firmar las actas de las determinaciones de la Junta conjuntamente con los demás
miembros.
e) Dirigir los procedimientos de la Junta de Subastas y/o designará uno de sus
miembros para dirigir los mismos, cuando éste deba excusarse.
f) Velar por el fiel cumplimiento de las normas y procedimientos señalados en este
Reglamento para la celebración y adjudicación de subastas.
g) Recibir y tramitar los escritos de apelación sobre adjudicación que se radiquen
conforme se dispone en este Reglamento.
h) Asegurar que sus miembros cumplan fielmente con los deberes de sus cargos.
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i) Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes e incidentales a su cargo.
7.3
Funciones y deberes del Secretario de la Junta:
a) Preparar las hojas de asistencia, actas y resoluciones de las reuniones de la Junta.
b) Recibir y tramitar la correspondencia de la Junta, tales como solicitudes de
reconsideración, las contestaciones a éstas, entre otras.
c) Contestar la correspondencia de la Junta, según le asigne, el Presidente.
d) Grabar los procedimientos de la Junta de Subastas.
e) Custodiar los archivos de la Junta de Subastas.
f) Custodiar los expedientes de subasta del Departamento de Compras mientras estén
ante la consideración de la Junta de Subastas.