Regl. 9047, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 9047, Art. 2

Este Reglamento se adopta por el Secretario del Departamento de la Vivienda basado en las disposiciones de la Ley Núm. 106 del 30 de junio de 1998. El Artículo 1 de la referida Ley Núm. 106 confiere al Secretario del Departamento de la Vivienda todos los derechos y facultades que le fueron otorgados al Síndico Especial en virtud de la Ley Núm. 55 del 9 de agosto de 1991 y sus enmiendas. El Artículo 13 de la citada Ley Núm. 55 dispone expresamente: "La Oficina adoptará los reglamentos que sean necesarios para la Administración de sus asuntos y prescribirá reglas, reglamentos y normas en relación con el ejercicio de SUS funciones y deberes. Con el fin de acelerar el proceso de liquidación se exime a la Oficina del Síndico del cumplimiento de los requisitos de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1986, conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme." 4 Mediante la Ley Núm. 106 citada, se transfirieron todos los activos al momento del cierre de la Oficina para la Liquidación de las Cuentas de la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico (OLCCRUV) al Departamento de la Vivienda. Con el propósito de cumplir lo encomendado en la Ley Núm. 106, supra, se adopta este reglamento por el cual se regirá la Secretaría de Adquisición y Venta de Propiedades, adscrita a la Oficina del Secretario del Departamento de la Vivienda. Este Reglamento es de aplicación a todos los casos de disposición de las propiedades inmuebles pertenecientes a la disuelta Corporación de Renovación Urbana y Vivienda que, a partir del 9 de agosto de 1991, fueron colocadas bajo el control del Síndico Especial por disposición del Artículo 2 de la Ley Núm. 55 antes citada y aquellas propiedades inmuebles que adquiera la Secretaría de Adquisición y Venta de Propiedades en lo sucesivo en el ejercicio de los poderes y facultades que le fueron conferidos en virtud de la Ley Núm. 106 citada. Además, se aprueba este Reglamento conforme a la Orden Administrativa OA 2017- 01 de 30 de junio de 2017 emitida por el Comité de Evaluación y Disposición de Propiedades Inmuebles creado en virtud de la Ley 26-2017 y la dispensa emitida por el Comité. 5
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