Regl. 9047, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 9047, Art. 2
Este Reglamento se adopta por el Secretario del Departamento de
la Vivienda basado en las disposiciones de la Ley Núm. 106 del 30 de
junio de 1998. El ArtÃculo 1 de la referida Ley Núm. 106 confiere al
Secretario del Departamento de la Vivienda todos los derechos y
facultades que le fueron otorgados al SÃndico Especial en virtud de la Ley
Núm. 55 del 9 de agosto de 1991 y sus enmiendas. El ArtÃculo 13 de la
citada Ley Núm. 55 dispone expresamente:
"La Oficina adoptará los reglamentos que sean necesarios para la
Administración de sus asuntos y prescribirá reglas, reglamentos y
normas en relación con el ejercicio de SUS funciones y deberes.
Con el fin de acelerar el proceso de liquidación se exime a la
Oficina del SÃndico del cumplimiento de los requisitos de la Ley
Núm. 170 del 12 de agosto de 1986, conocida como Ley de
Procedimiento Administrativo Uniforme."
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Mediante la Ley Núm. 106 citada, se transfirieron todos los activos al
momento del cierre de la Oficina para la Liquidación de las Cuentas de
la Corporación de Renovación Urbana y Vivienda de Puerto Rico
(OLCCRUV) al Departamento de la Vivienda. Con el propósito de
cumplir lo encomendado en la Ley Núm. 106, supra, se adopta este
reglamento por el cual se regirá la SecretarÃa de Adquisición y Venta de
Propiedades, adscrita a la Oficina del Secretario del Departamento de la
Vivienda.
Este Reglamento es de aplicación a todos los casos de disposición
de las propiedades inmuebles pertenecientes a la disuelta Corporación
de Renovación Urbana y Vivienda que, a partir del 9 de agosto de 1991,
fueron colocadas bajo el control del SÃndico Especial por disposición del
ArtÃculo 2 de la Ley Núm. 55 antes citada y aquellas propiedades
inmuebles que adquiera la SecretarÃa de Adquisición y Venta de
Propiedades en lo sucesivo en el ejercicio de los poderes y facultades
que le fueron conferidos en virtud de la Ley Núm. 106 citada. Además, se
aprueba este Reglamento conforme a la Orden Administrativa OA 2017-
01 de 30 de junio de 2017 emitida por el Comité de Evaluación y
Disposición de Propiedades Inmuebles creado en virtud de la Ley 26-2017
y la dispensa emitida por el Comité.
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