Regl. 9047, art. 24

PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS LETREROS U OTROS

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Cite as Reglamento Núm. 9047, Art. 24

En adición a los métodos anteriores, el (la) Secretario (a) Auxiliar podrá publicar anuncios para la venta de propiedades en periódicos de 31 circulación diaria por un mínimo de tres (3) días consecutivos, además, podrá publicar anuncios en periódicos regionales, revistas y otras publicaciones similares; podrá asimismo, publicar anuncios vía electrónica por vía de internet U otros métodos similares, así como colocando letreros en las propiedades informando al público en general su disponibilidad para la venta. La Cantidad de anuncios a ser publicados y los lugares O el medio a ser utilizados para la publicación será discrecional del (la) Secretario (o) Auxiliar.
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