Regl. 9047, art. 24
PUBLICACIÓN DE ANUNCIOS LETREROS U OTROS
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Cite as Reglamento Núm. 9047, Art. 24
En adición a los métodos anteriores, el (la) Secretario (a) Auxiliar
podrá publicar anuncios para la venta de propiedades en periódicos de
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circulación diaria por un mÃnimo de tres (3) dÃas consecutivos, además,
podrá publicar anuncios en periódicos regionales, revistas y otras
publicaciones similares; podrá asimismo, publicar anuncios vÃa
electrónica por vÃa de internet U otros métodos similares, asà como
colocando letreros en las propiedades informando al público en general
su disponibilidad para la venta. La Cantidad de anuncios a ser
publicados y los lugares O el medio a ser utilizados para la publicación
será discrecional del (la) Secretario (o) Auxiliar.