Regl. 9053, art. II
RESUMEN EJECUTIVO
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Cite as Reglamento Núm. 9053, Art. II
La Universidad de Puerto Rico (Universidad), como institución de educación superior
pública, plantea como misión la promoción de la docencia, la investigación y el servicio a
la comunidad. Todos los elementos de esta misión inciden de una u otra manera en la
divulgación del conocimiento. Por tanto, es la intención de la Universidad lograr que el
conocimiento producto de sus funciones, o trasmitido mediante sus actividades, logre
redundar en beneficio y servicio a la comunidad.
Las investigaciones universitarias están siendo dirigidas hacia el desarrollo de nuevos
conocimientos y enfocadas hacia la tecnología y su uso en beneficio de la humanidad.
Estos conocimientos o tecnología pueden tener algún potencial de comercialización y, en
consecuencia, deben ser tratados como un activo que se puede usar, conservar o aplicar de
tal manera que genere ingresos para el inventor y la Universidad. Esta realidad ha
estimulado al crecimiento de colaboraciones entre los científicos académicos de la
Universidad, con el gobierno local y federal, empresas privadas, así como con
universidades e instituciones de reconocimiento mundial. El establecer los derechos de
propiedad, patentes, licencias y protección de esas invenciones es consecuente con este
desarrollo y con los propósitos y misión de la Universidad.
Esta Política provee la autoridad, establece y rige un programa para solicitar, evaluar,
divulgar, patentizar y comercializar las invenciones de la Facultad, Estudiantes, Empleados
no docentes y contratistas independientes de la Universidad, en todos sus recintos,
unidades, organismos e institutos y establece a quién corresponde la responsabilidad al
otorgar las autorizaciones correspondientes y licencias requeridas en cada caso.