Regl. 9053, art. II

RESUMEN EJECUTIVO

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Cite as Reglamento Núm. 9053, Art. II

La Universidad de Puerto Rico (Universidad), como institución de educación superior pública, plantea como misión la promoción de la docencia, la investigación y el servicio a la comunidad. Todos los elementos de esta misión inciden de una u otra manera en la divulgación del conocimiento. Por tanto, es la intención de la Universidad lograr que el conocimiento producto de sus funciones, o trasmitido mediante sus actividades, logre redundar en beneficio y servicio a la comunidad. Las investigaciones universitarias están siendo dirigidas hacia el desarrollo de nuevos conocimientos y enfocadas hacia la tecnología y su uso en beneficio de la humanidad. Estos conocimientos o tecnología pueden tener algún potencial de comercialización y, en consecuencia, deben ser tratados como un activo que se puede usar, conservar o aplicar de tal manera que genere ingresos para el inventor y la Universidad. Esta realidad ha estimulado al crecimiento de colaboraciones entre los científicos académicos de la Universidad, con el gobierno local y federal, empresas privadas, así como con universidades e instituciones de reconocimiento mundial. El establecer los derechos de propiedad, patentes, licencias y protección de esas invenciones es consecuente con este desarrollo y con los propósitos y misión de la Universidad. Esta Política provee la autoridad, establece y rige un programa para solicitar, evaluar, divulgar, patentizar y comercializar las invenciones de la Facultad, Estudiantes, Empleados no docentes y contratistas independientes de la Universidad, en todos sus recintos, unidades, organismos e institutos y establece a quién corresponde la responsabilidad al otorgar las autorizaciones correspondientes y licencias requeridas en cada caso.
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