Regl. 9060, art. 23.4-39

El (La) arrendatario(a) no podrá, en forma alguna modificar, remodelar,

Length: 148 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9060, Art. 23.4-39

mejorar, alterar o reparar la unidad arrendada, sin el previo consentimiento de la OECH. Toda modificación, remodelación, mejora, alteración o reparación deberá ser conforme al Manual de Inquilino y con el consentimiento previo y por escrito de la OECH. Si la mejora, alteración o reparación consentida por la OECH de la unidad arrendada conlleva sustituir parte de la estructura (pisos, paredes, columnas, vigas, techos o cualquier otra), someterá planos, diseños y la autorización escrita de las agencias gubernamentales requeridas. Las mejoras, modificaciones, remodelaciones, alteraciones y reparaciones realizadas quedarán para beneficio de la OECH, sin que éste tenga obligación alguna de compensar 17 por el valor de dicha adición, alteración modificación, remodelación, mejora o reparación. La OECH podrá a su opción, requerir del (la) arrendatario(a) que remueva todas y cada una de las mejoras, alteraciones y reparaciones realizadas a su costo, dejando la unidad arrendada en su estado original.
Regl. 9060, art. 23.4-39: El (La) arrendatario(a) no podrá, en forma alguna modificar, remodelar, | Justis AI