Regl. 9060, art. 5.4-15
En caso de que alguna agencia gubernamental federal, estatal o municipal
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requiera realizar mejoras, reparaciones u otras modificaciones en la unidad arrendada y
la OECH quede obligada a realizarlas, la tardanza o inconvenientes ocasionados en su
cumplimiento no afectará los cánones de arrendamiento a pagar por el (la)
arrendatario(a), de acuerdo con el contrato; siempre y cuando no se impida el uso de
dicha unidad.