Regl. 37, art. 4
Reglamento para compensar a los conserjes de las escuelas públicas que prestan servicio en los programas de exámenes de la Oficina de Personal. No incluido indice Ley 149 12 dic 2005. Vigencia 1 de julio de 1956.
Cite as Reglamento Núm. 37, Art. 4
La retribucion por servicios prestados consistirá de compensación por
estar disponible durante el tiempo del examen más por la limpieza de los salones una vez terminado el mismo.