Regl. 9064, art. 3.7
Contenido de la Orden de Mostrar Causa
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Cite as Reglamento Núm. 9064, Art. 3.7
La Orden de Mostrar Causa que se emita deberá contener, como mÃnimo, lo siguiente:
(a) Una descripción de las circunstancias personales del posible infractor, incluyendo, pero
sin limitarse a: nombre de la persona o de su representante autorizado y dirección postal.
En el caso de una corporación, sociedad o entidad jurÃdica se expresará el nombre y
dirección del Presidente o del agente residente. En el caso de los comités y partidos se
enviará copia de la Orden de Mostrar Causa al tesorero y a uno de los siguientes:
aspirante, candidato fundador o presidente, según el caso;
(b) La actuación u omisión que podrÃa ser constitutiva de alguna infracción al ordenamiento;
(c) Referencia a las disposiciones legales o reglamentarias por las cuales se notifica la Orden
de Mostrar Causa;
(d) El intervalo de multa que podrÃa imponer la Junta por la o las infracciones identificadas
en la Orden de Mostrar Causa.
(e) Una indicación a los efectos de que debe corregir la deficiencia señalada en el periodo de
tiempo establecido en la Sección 3.6 de este Reglamento.