Regl. 9068, art. 11

EVALUACIÓN DE ASEGUADORAS Y OSS:

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Cite as Reglamento Núm. 9068, Art. 11

A. La Administración llevará a cabo evaluaciones anuales de las Aseguradoras y OSS contratadas. Dichas evaluaciones medirán, por ejemplo, el cumplimiento con las disposiciones y cláusulas pactadas y si las metas y objetivos trazados fueron alcanzadas. B. Entre las áreas a evaluarse, sin limitarse, se encuentran las siguientes: 1. Composición de la red del proveedor; 2. Personal de la entidad; 3. Sistema de Credencialización; 4. Calidad de los servicios ofrecidos; 5. Materiales informativos y de mercadeo; 6. Cumplimiento con metas programáticas; 7. Satisfacción de los beneficiarios; 8. Capacidad de ofrecer servicios 9. Uso de data y capacidad administrativa y gerencial; 10. Eficiencia de los procesos para el manejo de quejas e impugnaciones; 32 11. Capacidad y solidez financiera e información y manejo de las finanzas; 12. Historial litigioso, demandas concurrentes O investigaciones y auditorias gubernamentales; 13. Manejo de los sistemas de información; 14. Cualquier otro elemento O criterio que la Administración entienda necesario evaluar para determinar el nivel de cumplimiento con las obligaciones contractuales.
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