Regl. 9068, art. 11
EVALUACIÓN DE ASEGUADORAS Y OSS:
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Cite as Reglamento Núm. 9068, Art. 11
A. La Administración llevará a cabo evaluaciones anuales de las Aseguradoras y
OSS contratadas. Dichas evaluaciones medirán, por ejemplo, el cumplimiento con
las disposiciones y cláusulas pactadas y si las metas y objetivos trazados fueron
alcanzadas.
B. Entre las áreas a evaluarse, sin limitarse, se encuentran las siguientes:
1. Composición de la red del proveedor;
2. Personal de la entidad;
3. Sistema de Credencialización;
4. Calidad de los servicios ofrecidos;
5. Materiales informativos y de mercadeo;
6. Cumplimiento con metas programáticas;
7. Satisfacción de los beneficiarios;
8. Capacidad de ofrecer servicios
9. Uso de data y capacidad administrativa y gerencial;
10. Eficiencia de los procesos para el manejo de quejas e impugnaciones;
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11. Capacidad y solidez financiera e información y manejo de las finanzas;
12. Historial litigioso, demandas concurrentes O investigaciones y auditorias
gubernamentales;
13. Manejo de los sistemas de información;
14. Cualquier otro elemento O criterio que la Administración entienda necesario
evaluar para determinar el nivel de cumplimiento con las obligaciones
contractuales.