Regl. 9068, art. 18

VIGENCIA

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39 2 INTRODUCCIÓN La Ley Núm. 72-1993, según enmendada, creó la Administración de Seguros de Salud (en adelante, "ASES" o la "Administración") con el propósito primordial de implantar, administrar y negociar, mediante contratos con aseguradores y/u organizaciones de servicios de salud, un sistema de seguros de salud que le permitiera, a la población médico-indigente de Puerto Rico, recibir cuidados médico-hospitalarios de calidad. Estos esfuerzos buscaron hacer justicia a los sectores más desventajados garantizándoles el acceso a cuidados de salud de calidad, independiente de su condición económica y capacidad de pago. Con esta aspiración, el Estado le ha conferido a la Administración facultad para negociar y contratar con aseguradores y otras organizaciones para brindar los servicios médicohospitalarios del Plan de Salud del Gobierno (en adelante, "PSG", por sus siglas). Para ello, la Ley Núm. 72 le permite a la Administración establecer los mecanismos necesarios para, además, supervisar los servicios ofrecidos bajo el PSG, fiscalizar y asegurar que estos sean provistos de forma eficiente y acorde con las mejores prácticas administrativas y médicas. El modelo de servicios adoptado por la Administración y aprobado por el Gobierno Federal está enfocado en ofrecer servicios de salud integrada, tanto en su modalidad física como mental. Además, el modelo promovido por ASES da un énfasis especial a la salud preventiva dirigida a estilos de vida saludables, vacunación de niños y personas de edad avanzada, control de abuso de alcohol y de sustancias ilícitas, detección temprana de VIH/SIDA y cuidados prenatales de los niños y madres. Por otro lado, el Plan de Reorganización Núm. Tres (3) de 29 de julio de 2010, autoriza, faculta y transfiere los poderes a ASES para administrar, negociar, contratar y gestionar los beneficios de salud para los retirados y empleados públicos conforme a la Ley Núm. 95 del 1963 y su Reglamento. Este reglamento se promulga en virtud de la facultad conferida por la Ley Núm. 72 y la Ley Núm. 95 a ASES, para dar un marco reglamentario a las diferentes funciones que debe ejercer. Esto representa un avance en la sana administración de la Administración y constituye la primera revisión reglamentaria desde la puesta en vigor, por primera vez en Puerto Rico, de la Reforma de Salud de los años noventa. Así también, este Reglamento sirve como un instrumento educativo para los beneficiarios del PSG, ya que instruye sobre los mecanismos disponibles para impugnar decisiones de las aseguradoras u organizaciones contratadas que se entiendan injustas O erróneas. De igual forma, el Reglamento deja pautada, de forma clara, las obligaciones y responsabilidades de las aseguradoras y demás organizaciones contratadas para brindar los servicios de salud, así como las de sus proveedores y subcontratistas. 3
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