Regl. 3803, art. IX
Selección de los Servicios a Contratarse
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Cite as Reglamento Núm. 3803, Art. IX
A. Cuando surja la necesidad de contratar servicios profesionales y consultivos (con la excepción de tasadores),
el Comité procederá de la siguiente manera:
1. Evaluará los expedientes de éstos y considerará a
tres (3) de ellos.
2.
Sostendrá conversaciones por separado con los tres
(3) consultores O profesionales considerados y le
expondrá los detalles del proyecto en cuestión,
incluyendo el alcance y la complejidad del mismo.
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Asunto:
Evaluación, Seleccion, Contratación y
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Supervisión de Servicios Profesionales y
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Consultivos
Fecha:
Aprobado NGVA Por:
El consultor O profesional deberá exponer sus puntos
de vista sobre el proyecto e indicará el tiempo
aproximado que tomaría realizar el mismo, así como
un estimado preliminar de los costos de dicho
proyecto.
3.
Preparará minutas de las reuniones que efectúe con
los consultores y profesionales considerados.
4.
Solicitará una propuesta formal al consultor o
profesional mejor cualificado y analizará la misma
dándole especial atención a los siguientes
criterios:
a.
Capacidad técnica
b.
Capacidad financiera
C.
Historial de servicio
d. Tiempo de ejecución
e. Costo de los servicios
f. Compromisos previos en desarrollo
5.
Someterá la propuesta al área u oficina que
administrará el contrato para que realice una
evaluación técnica y simultáneamente a la Oficina
de Auditoría Interna cuando corresponda a dicha
oficina evaluar la fase económica de la misma.
6.
Analizará las evaluaciones de la propuesta
realizadas por las oficinas descritas en la
sección anterior.
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Consultivos
Fecha:
Aprobado GLUR Por:
7. Recomendará al Director la propuesta para su
aprobación.
8. Si el Director aprueba la propuesta se procederá
con los trámites de la contratación de los
servicios. Si la propuesta no es aceptada por el
Director, el Comité seleccionará el segundo
consultor O profesional mejor cualificado y le
solicitará una propuesta. Si el Director no acepta
dicha propuesta, el Comité solicitará una propuesta
al tercer consultor o profesional mejor
cualificado. Si ninguna de las propuestas
sometidas es aceptada por el Director, el Comité
procederá a sostener conversaciones con otros tres
consultores O profesionales.
B. Cuando surja la necesidad de contratar tasadores el
Comité procederá de la siguiente manera:
1. Evaluará los expedientes de éstos y considerará a
tres (3) de ellos.
2. Solicitará propuestas a los tres (3) tasadores y
analizará las mismas de acuerdo a los criterios
establecidos en el Artículo IX, Inciso A, Sección
4, de este reglamento.
3. Una vez analizadas las propuestas, seleccionará una
de éstas y la recomendará al Director para su
consideración. Si el Director acepta la propuesta
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Consultivos
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se procederá con los trámites de la contratación.
Si el Director no está de acuerdo con la propuesta
del tasador escogido, el Comité seleccionará uno de
los otros dos tasadores a los cuales se les habia
solicitado propuestas.