Regl. 9074, art. 7.3-8
REGLAMENTO PARA LA PREVENCION DEL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y PROCEDIMIENTO PARA VENTILAR QUERELLAS RELACIONADAS.
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Cite as Reglamento Núm. 9074, Art. 7.3-8
CONFIDENCIALIDAD DEL PROCESO
Todas las Querellas de hostigamiento sexual se tramitarán e investigarán
de manera confidencial con el propósito de proteger la privacidad y la
dignidad de las partes involucradas. La divulgación intencional O
maliciosa de información adquirida como parte del procedimiento
establecido mediante este Reglamento podrá ser sancionada de
acuerdo con las disposiciones legales aplicables, asà como del
"Reglamento de Medidas Correctivas y Acciones Disciplinarias del Centro
de Diabetes".
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