Regl. 9075, art. IX-3
Análisis de precio
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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. IX-3
a. Un análisis de precios es el estudio y evaluación del precio propuesto por un
vendedor, proponente, licitador O contratista, según sea el caso, para determinar
su razonabilidad, sin evaluar los elementos de costo por separado, es decir, sin
hacer un análisis de costos. En el caso de las compras pequeñas y en la mayorÃa
de los procesos de licitación sellada, excepto como se disponga aquà arriba a lo
contrario, DV realizará una comparación entre los precios recibidos y el estimado
de costos independiente para garantizar que el precio seleccionado sea
razonable.
b. Los análisis de precios deberán documentarse mediante uno O más de los
US
GOBIERNO
PUERTO
Manual de Adquisiciones y
Requisitos Contractuales
siguientes:
1. Comparar los precios propuestos recibidos en respuesta a la convocatoria.
2. Comparar los precios propuestos con los precios actuales en contratos
adjudicados durante los últimos dos (2) años fiscales y otros precios actuales
propuestos para los mismos bienes, trabajos O servicios que sean iguales O
similares.
3. Aplicar criterios simples de medición (como dólares por libra, por pie cuadrado,
U otras unidades) para poner de relieve las inconsistencias significativas que
justifiquen indagación adicional sobre precios.
4. Comparar listas de precio competitivas, precios de mercado de artÃculos e
Ãndices similares publicados, e indagar sobre acuerdos de descuento O
reembolsos.
5. Comparar los precios propuestos con estimados de costos independientes.