Regl. 9075, art. IX-3

Análisis de precio

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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. IX-3

a. Un análisis de precios es el estudio y evaluación del precio propuesto por un vendedor, proponente, licitador O contratista, según sea el caso, para determinar su razonabilidad, sin evaluar los elementos de costo por separado, es decir, sin hacer un análisis de costos. En el caso de las compras pequeñas y en la mayoría de los procesos de licitación sellada, excepto como se disponga aquí arriba a lo contrario, DV realizará una comparación entre los precios recibidos y el estimado de costos independiente para garantizar que el precio seleccionado sea razonable. b. Los análisis de precios deberán documentarse mediante uno O más de los US GOBIERNO PUERTO Manual de Adquisiciones y Requisitos Contractuales siguientes: 1. Comparar los precios propuestos recibidos en respuesta a la convocatoria. 2. Comparar los precios propuestos con los precios actuales en contratos adjudicados durante los últimos dos (2) años fiscales y otros precios actuales propuestos para los mismos bienes, trabajos O servicios que sean iguales O similares. 3. Aplicar criterios simples de medición (como dólares por libra, por pie cuadrado, U otras unidades) para poner de relieve las inconsistencias significativas que justifiquen indagación adicional sobre precios. 4. Comparar listas de precio competitivas, precios de mercado de artículos e índices similares publicados, e indagar sobre acuerdos de descuento O reembolsos. 5. Comparar los precios propuestos con estimados de costos independientes.
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