Regl. 9075, art. IX dup2
ANÁLISIS DE COSTO o PRECIO
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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. IX dup2
Sección 1 General
Se realizará un análisis de costo O precio para cada proceso O acción de adquisición
que exceda el Límite de Compras Pequeñas, incluyendo modificaciones de contrato
y órdenes de cambio. El DV requerirá garantías de que, antes de celebrar un contrato,
modificación de contrato U U orden de cambio, el costo O el precio sea razonable. El
método y el grado del análisis del costo O precio dependerán de los hechos
particulares de cada proceso de adquisición.
Para documentar el análisis de costo O de precio, para toda acción de adquisición,
la entidad adquisidora (DV O su sub-recipientes) deberá presentar al Área de
Adquisición lo siguiente:
1. Un desglose detallado de los costos y beneficios proyectados; e
2. Información de precios comerciales y de ventas, suficiente como para permitirle a
DV verificar la razonabilidad de los costos y precios propuestos, tales como, entre
otros, un catálogo, U otra evidencia del precio de mercado de un producto
comercial vendido en cantidades sustanciales al público en general, O
documentación que demuestre que el precio ofrecido está fijado por ley O
reglamento.