Regl. 9075, art. IX dup2

ANÁLISIS DE COSTO o PRECIO

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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. IX dup2

Sección 1 General Se realizará un análisis de costo O precio para cada proceso O acción de adquisición que exceda el Límite de Compras Pequeñas, incluyendo modificaciones de contrato y órdenes de cambio. El DV requerirá garantías de que, antes de celebrar un contrato, modificación de contrato U U orden de cambio, el costo O el precio sea razonable. El método y el grado del análisis del costo O precio dependerán de los hechos particulares de cada proceso de adquisición. Para documentar el análisis de costo O de precio, para toda acción de adquisición, la entidad adquisidora (DV O su sub-recipientes) deberá presentar al Área de Adquisición lo siguiente: 1. Un desglose detallado de los costos y beneficios proyectados; e 2. Información de precios comerciales y de ventas, suficiente como para permitirle a DV verificar la razonabilidad de los costos y precios propuestos, tales como, entre otros, un catálogo, U otra evidencia del precio de mercado de un producto comercial vendido en cantidades sustanciales al público en general, O documentación que demuestre que el precio ofrecido está fijado por ley O reglamento.
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