Regl. 9075, art. XIII-2
Formas y duración de los Contratos
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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. XIII-2
Las modificaciones bilaterales de un contrato, tales como las órdenes de compra para
la compra de bienes y servicios, se escribirán de forma tal que el Personal de
Adquisiciones de DV lo utilice solo para este contrato en particular. Otros Contratos
pueden tener una forma distinta. Todo contrato siempre será firmado por ambas
partes del contrato. Las modificaciones de contrato deberÃan incluir una descripción
detallada del cambio O modificación e incluir los costos y el calendario, si es aplicable.
La duración de un contrato no deberá exceder un perÃodo de cinco (5) años,
incluyendo opciones de renovación O extensión. Los contratos con duración y
extensiones que excedan un total de cinco 5 años son vistos como una amenaza para
el principio de plena y libre competencia de los reglamentos federales. DV buscará la
aprobación de HUD para contratos cuya duración sea superior a un término de cinco
(5) años si determina que no existe otra alternativa.