Regl. 9075, art. XII-1
Tipos de Contrato
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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. XII-1
En cada proceso de adquisición, DV utilizará el tipo de contrato que servirá a a sus
mejores intereses y que cumpla con todas las leyes y reglamentos federales aplicables
y las leyes locales. Los tipos de contrato preferidos son los contratos de precio fijo y los
de requerimientos. Los contratos de tiempo y materiales solo se utilizan después de
una determinación que ningún otro contrato es adecuado, y si el contrato incluye un
precio máximo, de que el contratista lo supera a su propio riesgo, de acuerdo con 2
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CFR 200.318(j)(1) y (2).
DV no podrá utilizar el contrato "Costo más Porcentaje de Costo" (Cost-Plus
Percentage of Cost) O el contrato "Porcentaje de Construcción" (Percentage of
Construction). Sin embargo, se pueden utilizar otros tipos de contrato. El Manual de
Adquisición de HUD se puede utilizar como una guía en esta materia.
Entre todos los tipos de Contrato, los más utilizados son los siguientes:
a. Contrato de Precio Fijo (Precio fijo firme y de precio fijo)- Este tipo de contrato se
utiliza cuando se le paga al contratista un precio fijo por todo el trabajo requerido,
independientemente del costo real del desempeño al contratista. Es apropiado
usarlo cuando se pueden establecer precios justos y razonables en el momento de
la adjudicación. A menos que se especifique lo contrario en el contrato, el precio
máximo O precio meta está sujeto a ajuste solo mediante el funcionamiento de
cláusulas contractuales que prevean ajustes equitativos U otras revisiones del
precio del contrato bajo las circunstancias indicadas, tales como cualesquier
requisitos de referencia y penalidades por tardanzas O incumplimiento.
b. Contratos de Costos reembolsables- En el caso de los contratos de costos
reembolsables, cada expediente debería tener, aparte de lo mencionado arriba,
una determinación por escrito de por qué otros tipos de contrato no son
apropiados. El contrato deberá también incluir un precio máximo y señalar que, si
se supera el precio máximo, será a riesgo propio del contratista sin reembolso por
parte de DV. Los contratos pueden incluir opciones para cantidades adicionales
al precio original O la extensión del período de cumplimiento, sujeto a las siguientes
condiciones:
1. la opción está contenida específicamente en el método de adquisición;
2. la opción sea un derecho unilateral de DV;
3. el contrato estipule un límite a las cantidades adicionales por el período de
duración O la duración completa del contrato;
4. las opciones se evalúen como parte de la evaluación inicial (competencia
inicial);
5. el contrato estipula el período de tiempo en el que las opciones pueden
ejecutarse;
6. las opciones puedan ser ejercidas solo al precio especificado en, O
determinable razonablemente en, el contrato; y
7. la opción pueda ejercerse solo en los casos donde se determine que es más
beneficiosa para DV que hacer un nuevo contrato.
C. Contratos de Entrega Indefinida- Hay tres clases de contratos de entrega indefinida
a disposición de DV: contratos de cantidad definida, contratos de requerimientos
y contratos de cantidad indefinida. El tipo adecuado de contrato de entrega
indefinida puede utilizarse para adquirir suministros O servicios cuando no se
conocen los tiempos exactos O cantidades exactas de las entregas futuras en el
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momento de la adjudicación del contrato.
1. Contratos de Cantidad Definida:
Estos contratos estipulan la entrega de una cantidad definida de determinados
suministros O servicios por un período fijo de tiempo (por ejemplo, un año), cuyas
entregas O ejecución se deberán programar en lugares designados tan pronto
se dé la orden. Se puede utilizar un contrato de cantidad definida cuando se
puedan determinar de antemano los siguientes factores:
a. Que una cantidad definida de suministros O servicios se necesitará durante
el período del contrato; y,
b. Que los suministros o servicios están regularmente disponibles O estarán
disponibles después de un corto plazo de espera.
2. Contratos de Cantidad Indefinida
a. Origen del Contrato:
El Área de Adquisición o cualquier área usuaria pueden iniciar un proceso
de adquisición para la adjudicación de un contrato de cantidad indefinida
(IQC, por SUS siglas en inglés), la que primero identifique la necesidad de tal
contrato y su cumplimiento con los requisitos aplicables. Dependiendo de
la suma total del IQC propuesto, se utilizará una IFB, RFP O compra pequeña
para la adjudicación del mismo. El Director de Adquisición, junto con el
Director del área usuaria, tiene la discreción de determinar si cualesquier
bien O servicio se comprarán usando un IQC, basándose en la planificación
de adquisiciones O el USO frecuente de bienes, trabajo O servicios no
cubiertos ya por un IQC o contrato de requerimientos.
b. Procedimientos:
DV utilizará un IFB, RFP O compra pequeña, según sea el caso, dependiendo
de la complejidad del proyecto que será adquirido. La adquisición debe
requerir que DV ordene y el contratista proporcione por lo menos una
cantidad declarada mínima de suministros O servicios y, si DV lo ordena, el
contratista tiene que proporcionar cualesquiera cantidades adicionales, sin
exceder una cantidad máxima declarada. El área de adquisiciones, según
corresponda, establecerá un máximo razonable y una cantidad mínima,
que tiene que ser más que una cantidad nominal, pero no más que la
cantidad que con seguridad razonable DV va a ordenar. El área usuaria
que solicite cualesquier bienes, trabajos O servicios cubiertos por un IQC
presentará una solicitud de orden de tarea U orden de entrega, según sea
el caso, al Área de Adquisiciones, que evaluará la solicitud, y el Director de
Adquisiciones dará la orden de tarea U orden de entrega, según sea el
caso, firmándola y haciendo referencia al número de IQC. Se enviarán
copias de la orden de tarea U orden de entrega, según corresponda, al
Negociado de Finanzas y al área usuaria que las haya solicitado. El Área de
Adquisiciones, el Negociado de Finanzas y cada área usuaria será
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responsable de monitorear la cantidad monetaria total de los IQC para
garantizar que ni el contratista ni las áreas usuarias excedan el valor nominal
de los mismos, a menos que, y hasta que, las partes acuerden modificar el
valor nominal del IQC.
d. Acuerdos de Compra Cooperativos/ Intergubernamentales para actividades de
Adquisición- Las adquisiciones basadas en este método se realizarán de la
siguiente manera: DV y cualesquier sub-recipientes, previa aprobación de DV,
pueden participar en cuerdos de Compra Cooperativos/Intergubernamentales,
ya sean federales O locales, para la adquisición y USO de servicios y suministros en
común. Si los servicios requeridos por DV se proveen a través de este método y son
parte de los deberes O responsabilidades normales de algún gobierno, es
permisible que DV comparta los servicios y el costo de personal bajo un acuerdo.
La determinación de usar un acuerdo cooperativo en lugar de cualquier otra
adquisición directa debería basarse en criterios de economía y eficiencia. Si se
utiliza este método, el acuerdo cooperativo debería establecer quién es la
persona autorizada para comprar O adquirir en representación de las partes
contratantes y debería detallar los términos y condiciones de inspección,
aceptación, rescisión, pago y de otros puntos relevantes del acuerdo. DV puede
utilizar excedentes y propiedades excedentarias locales y federales en vez de
comprar propiedades O equipo nuevos, si es posible, y si esto se traduce en la
reducción de los costos del proyecto. La adquisición de bienes y servicios por
medio de acuerdos cooperativos tiene que hacerse según 2 C.F.R. 200.318 (e). DV
incluirá en cada expediente de adquisición un documento que indique la razón
por la que se usa un método de contratación y el tipo de contrato usado.