Regl. 9075, art. XV-3
Aceptación O rechazo de bienes y servicios
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Cite as Reglamento Núm. 9075, Art. XV-3
La División de Cumplimiento y Monitoreo realizará la aceptación. Tras la recepción de
la evidencia de aceptación y una revisión por el especialista en monitoreo de
finanzas, el Negociado de Finanzas pagará al Contratista según lo dispuesto en el
Contrato para todos los bienes, servicios U obras de construcción aceptadas y lo hará
dentro del tiempo asignado por el Negociado de Finanzas para el pago de facturas.
Cuando los bienes O servicios no cumplan con el Contrato, el área usuaria deberá
informarlo al Área de Adquisiciones, la cual tendrá que hacer lo siguiente:
1. Rechazar mercancías, obras de construcción o servicios defectuosos, en cuyo
caso, el contratista puede ser declarado en rebeldía, a menos que pueda
proporcionar artículos conformes dentro del calendario de entrega del contrato;
O
2. Emitir un aviso de saneamiento que requiera al contratista que remedie los
productos, obras de construcción O servicios defectuosos dentro de un calendario
de entrega especial.