Regl. 3808, art. 26
SANCIONES Y MULTAS
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Cite as Reglamento Núm. 3808, Art. 26
Toda persona que durante el curso de los procedimientos 0 de una
vista observe una conducta irrespetuosa hacia el oficial examinador 0 hacia
alguno de los asistentes a la vista, o que intencionalmente interrumpa o
dilate los procedimientos sin causa justificada, podrá ser sancionada con una
multa administrativa que no excederá de $300.00 a discreción del oficial
examinador que presida los procedimientos donde surja la conducta prohibida.
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