Regl. 3809, art. 10
Solicitud de Intervención en el Procedimiento
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Cite as Reglamento Núm. 3809, Art. 10
Adjudicativo.
Cualquier persona que tenga un interés legÃtimo en un
procedimiento adjudicativo ante "la Agencia" podrá someter
una solicitud por escrito y debidamente fundamentada para
que se le permita intervenir O participar en dicho procedimiento. "La Agencia" podrá conceder O denegar la solicitud
a su discreción, tomando en consideración, entre otros, los
factores establecidos en las secciones 3.5 y 3.6 de la Ley
170 mencionada.