Regl. 9090, art. 23
Término de Radicación
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Cite as Reglamento Núm. 9090, Art. 23
La querella se presentará ante el NET, dentro del plazo de diez (10) dÃas posteriores
al plazo dispuesto en la Regla 21 (denegatoria) de este Reglamento, o desde la fecha de
notificación de la determinación de la entidad gubernamental. Dicho plazo será de estricto
cumplimiento. El querellante notificará copia de la querella a la entidad gubernamental por
mensajero, o mediante correo electrónico, con evidencia de envÃo y recibo, dentro de un
plazo de 24 horas de la radicación de la misma.
La notificación deberá de hacerse directamente al funcionario ejecutivo principal de
dicha entidad o la persona designada por éste, para recibir la misma. Podrá enviar copia de
la notificación a la persona o personas de la instrumentalidad con las que estuvo realizando
negociaciones bajo la Regla 13.