Regl. 9090, art. 23

Término de Radicación

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Cite as Reglamento Núm. 9090, Art. 23

La querella se presentará ante el NET, dentro del plazo de diez (10) días posteriores al plazo dispuesto en la Regla 21 (denegatoria) de este Reglamento, o desde la fecha de notificación de la determinación de la entidad gubernamental. Dicho plazo será de estricto cumplimiento. El querellante notificará copia de la querella a la entidad gubernamental por mensajero, o mediante correo electrónico, con evidencia de envío y recibo, dentro de un plazo de 24 horas de la radicación de la misma. La notificación deberá de hacerse directamente al funcionario ejecutivo principal de dicha entidad o la persona designada por éste, para recibir la misma. Podrá enviar copia de la notificación a la persona o personas de la instrumentalidad con las que estuvo realizando negociaciones bajo la Regla 13.
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