Regl. 9096, art. 15
Requisitos para la Certificación de Guía Turístico Especialista
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Cite as Reglamento Núm. 9096, Art. 15
Además de cumplir con los requisitos de los Artículos 13 y 14 de este Reglamento,
en el caso de solicitar que se le acredite una especialización, el peticionario deberá
presentar evidencia acreditativa de cursos aprobados por universidades, instituciones
académicas, instituciones vocacionales e instituciones de educación superior 0
entidades especializadas. La Compañía de Turismo de Puerto Rico procederá a evaluar
cada caso en particular, y tendrá la prerrogativa de solicitar documentos y/o requisitos
adicionales de así entenderlo necesario. Ninguna persona o guía turístico certificado
podrá de alguna manera promocionarse, anunciarse y/o calificarse como un guía turístico
especialista si no ha sido certificado como tal por la Compañía de Turismo de Puerto
Rico.