Regl. 3809, art. 26
Términos de adjudicación.
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Cite as Reglamento Núm. 3809, Art. 26
Todo caso sometido a un procedimiento adjudicativo
ante "la Agencia" deberá ser resuelto dentro de un término
de seis (6) meses, desde su radicación, salvo en circunstancias excepcionales.