Regl. 9096, art. 48
Orden para Mostrar Causa o Denuncia Administrativa y Multa
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Cite as Reglamento Núm. 9096, Art. 48
Propuesta
A. La Compañía de Turismo de Puerto Rico podrá emitir una Orden para que un guía
turístico certificado o persona querellada, muestre causa por la cual no deba
imponérsele una multa 0 cancelársele la autorización 0 certificación, notificándole
su derecho a solicitar una vista.
B. Toda Orden para Mostrar Causa o Denuncia Administrativa incluirá lo siguiente:
1. Nombre y dirección postal del querellado o promovido, disponiéndose que
en los casos de guías turísticos certificados se indicará la clase y número
de certificación, autorización o permiso emitido por la Compañía de
Turismo de Puerto Rico.
2. Descripción de la conducta imputada, de modo que cumpla con una
adecuada notificación de los hechos alegados en su contra.
3. Identificación de los artículos o secciones de las disposiciones legales,
reglamentarias o de las normas y órdenes de la Compañía de Turismo de
Puerto Rico que hayan sido infringidas.
4. Multa propuesta, sanción, penalidad o aviso de cancelación, según sea el
caso.
5. Notificación a toda persona interesada a su dirección de récord.
6. Apercibimiento de su derecho a presentar evidencia a su favor, a solicitar
una vista, comparecer representado por un abogado y solicitar la
reconsideración.