Regl. 9098, art. 105

CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 9098, Art. 105

2 En caso de que alguna disposición de este Reglamento fuera declarada ilegal 0 inconstitucional mediante dictamen de un tribunal con jurisdicción y competencia, el mismo no afectará el resto de las disposiciones de este Reglamento, ya que cada una se considera separada de las demás. La aplicación de penalidades por incumplimiento con este Reglamento u otras disposiciones legales estatales o federales, o el requerimiento de acciones para el cumplimiento con el mismo 0 con requerimientos de otras disposiciones estatales o federales, no limita que se lleven a cabo nuevas acciones legales 0 requerimientos por parte del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales por infracciones con este Reglamento 0 los permisos emitidos al amparo del mismo.
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