Regl. 9098, art. 119
REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA ACREDITACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE
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Cite as Reglamento Núm. 9098, Art. 119
ADIESTRAMIENTO
Para que un Programa de adiestramiento pueda obtener y mantener una acreditación de el
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales para ofrecer cursos sobre actividades
relacionadas con la pintura con base de plomo, el Programa deberá satisfacer y mantener los
siguientes requisitos mínimos para cada disciplina en la cual solicita la acreditación:
A. El Programa de adiestramiento deberá emplear un Gerente de programa que cuente con:
1. Un mínimo de dos (2) años de experiencia, educación o entrenamiento con un enfoque
dirigido al adiestramiento de trabajadores o adultos; o
2. Un bachillerato o un grado universitario post-graduado en Tecnología de Construcción de
Edificios, Ingeniería, Higiene Industrial, Biología, Ciencias Físicas, Seguridad, Salud
Pública, Educación, Administración de Empresas, Administración de Programas o en un
campo relacionado; o
3. Dos (2) años de experiencia en la Administración de Programas de Adiestramiento
especializados en riesgos ambientales; o
4. Experiencia, educación o adiestramiento comprobados en la industria de la construcción,
que incluya: mitigación de asbesto o plomo, pintura, carpintería, renovación,
remodelación, salud y seguridad ocupacional, o higiene industrial.
B. Para cada curso, el Gerente del Programa de adiestramiento deberá nombrar a un Instructor
principal certificado. El instructor principal deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. demostrar experiencia, educación o adiestramiento con un enfoque dirigido al
adiestramiento de trabajadores 0 adultos;
2. completar con éxito un mínimo de dieciséis (16) horas de un curso para adiestrar al
Instructor de actividades relacionadas con pintura con base de plomo, proveniente de un
Programa de adiestramiento acreditado. Para ofrecer cursos de Renovador 0 Técnico de
muestreo de polvo, el Instructor principal deberá; o un mínimo de ocho (8) horas de un
curso para adiestrar al Instructor para aleccionar al Renovador 0 Técnico de muestreo de
polvo; y
3. demostrar que tiene dos (2) años de experiencia, educación o adiestramiento en mitigación
de asbestos o plomo, pintura, carpintería, renovación, remodelación, salud y seguridad
ocupacional o higiene industrial.
C. El Instructor principal será responsable de la organización del curso y de supervisar la
enseñanza del currículo. El Gerente del Programa de adiestramiento podrá designar
Instructores invitados, según sea necesario, para enseñar materias y/o temas específicos sobre
los cursos de adiestramiento, mediante conferencias, actividades de enseñanza 0 en prácticas
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de trabajo. No obstante lo anterior, el Instructor principal será el responsable de la totalidad
del curso y deberá estar presente para supervisar las porciones que aleccione un Instructor
invitado. El Instructor invitado deberá cumplir con los mismos requisitos de un Instructor
principal.
D. Como prueba de que un Gerente del Programa de adiestramiento, los instructores principales
e instructores invitados satisfacen los requisitos educativos, experiencia de trabajo y de
adiestramiento, según requeridos en este Reglamento, el Departamento de Recursos Naturales
y Ambientales evaluará junto con la solicitud de acreditación para el programa de
adiestramiento, los siguientes documentos:
1. Una copia de la transcripción académica oficial o el diploma como prueba de que satisface
los requisitos académicos.
2. Résumé, cartas de referencias o documentos relativos a su experiencia de trabajo, como
evidencia de que satisface los requisitos de experiencia de trabajo. Estos documentos
deberán incluir, sin limitarse al historial de trabajo que documente la experiencia
relacionada, incluyendo las fechas de trabajo; nombre, dirección y número de teléfono del
patrono; puestos que haya ocupado; proyectos que haya completado y la descripción de
responsabilidades durante los proyectos.
3. Una copia de los certificados de adiestramiento que tomaron los Instructores para ofrecer
cursos ("train the trainer") específicos sobre mitigación y renovación de pintura con base
de plomo, como evidencia de haber cumplido con los requisitos de adiestramiento.
E. El Gerente del Programa de adiestramiento proveerá las comodidades necesarias para dictar
las conferencias, administrar los exámenes del curso, ofrecer el adiestramiento en destrezas
prácticas y evaluar las actividades. Esto incluye, proveer equipo y material de adiestramiento
que refleje las prácticas de trabajo actuales, y mantener al día los equipos y las instalaciones,
según sea necesario. De igual forma, deberá proveer un diagrama de la instalación con las
dimensiones donde ofrecerán los cursos, destrezas prácticas, y una lista de todo el equipo y
suministro que será usado para los cursos y las destrezas prácticas. En caso en que se fuera a
cambiar el lugar en que se llevará a cabo el adiestramiento, deberá notificarlo a el
Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, junto con la dirección del nuevo local.
F. El Gerente del Programa de adiestramiento será responsable de asegurar que los instructores
enseñen, el currículo del curso de adiestramiento que fue acreditado por el Departamento de
Recursos Naturales y Ambientales de manera precisa.
G. Para cada curso ofrecido, el Gerente del Programa de adiestramiento, deberá llevar a cabo una
evaluación de destrezas prácticas, si aplica, y un examen del curso con el libro cerrado. Para
terminar con éxito el curso de adiestramiento, cada participante deberá asistir a por lo menos
el noventa y cinco por ciento (95%) del curso de adiestramiento, completar con éxito las
evaluaciones en destrezas prácticas, y aprobar el examen con un setenta por ciento (70%) ó
más de respuestas correctas. El Gerente del Programa de adiestramiento, otorgará un
certificado de terminación del curso a los estudiantes que aprueben el mismo.
1. El Gerente del Programa de adiestramiento será responsable de mantener la validez y la
integridad de la evaluación de las destrezas prácticas, para asegurar que valora con
precisión el desempeño de los adiestrados en las prácticas y procedimientos de trabajo
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asociados con los temas de los cursos del programa de adiestramiento, de conformidad con
la Regla 120 de este Reglamento.
2. El Gerente del Programa de adiestramiento será responsable de mantener la validez y la
integridad del examen del curso, para asegurar que éste evalúe con precisión el
conocimiento y la retención que tiene el adiestrado sobre los tópicos del curso.
3. El examen del curso se desarrollará de acuerdo con el esquema del curso. Todo examen
del curso inicial de adiestramiento de Trabajador y de todas las demás disciplinas,
consistirán de un mínimo de cien (100) preguntas de selección múltiple. Todos los demás
exámenes consistirán de un mínimo de cincuenta (50) preguntas de selección múltiple.
4. Los exámenes de los cursos de repaso de Trabajador, Renovador y Técnico de Muestreo
de Polvo, consistirán de veinticinco (25) preguntas de selección múltiple y las demás
disciplinas (Inspector, Evaluador de Riesgos, Supervisor y Diseñador de Proyectos) los
exámenes del curso consistirán de cincuenta (50) preguntas de selección múltiple.
H. El Gerente del Programa de adiestramiento emitirá un certificado de terminación del curso,
según se especifica en la Regla 117, a cada individuo persona que complete con éxito el
programa de adiestramiento.
I. El Gerente del Programa de adiestramiento deberá desarrollar e implantar un Plan de Certeza
de Calidad para los cursos de adiestramientos. En atención a esto, deberá asegurarse que el
curso cumpla con los procedimientos y medidas establecidas en dicho plan. El mismo se
utilizará para mantener y mejorar la calidad del programa de adiestramiento a lo largo del
tiempo. El Plan de Certeza de Calidad deberá contener, al menos, los siguientes elementos:
1. Procedimientos para revisar periódicamente los materiales de adiestramiento y el examen
del curso, para reflejar las innovaciones en el campo de la materia.
2. Procedimientos para la revisión anual por el Gerente del programa sobre la competencia
del Instructor Principal.
3. El (los) Instructor (es) Principal (es) deberá (n) seguir el currículo de adiestramiento que
fue acreditado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales.
4. Cada curso inicial de adiestramiento no deberá exceder de más de veinticinco (25)
participantes.
5. Todos los requisitos de los cursos de adiestramiento deberán completarse dentro de un
período de dos (2) semanas a partir de la fecha de inicio del curso.
6. Los cursos iniciales de adiestramiento de Trabajador en mitigación de pintura con base de
plomo, Renovador y Técnico de muestreo de polvo, tendrán por lo menos, un (1) Instructor
principal. Los demás cursos iniciales tendrán un mínimo de dos (2) Instructores.
7. Para la evaluación de destrezas prácticas, la proporción entre participantes e instructores
será de no más de 6:1, participantes por cada instructor; cada curso de adiestramiento se
utilizará para enseñar sólo una disciplina.
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8. Establecer los procedimientos para que los participantes tomen el examen del curso no más
de dos (2) veces por cada curso de adiestramiento. Luego de dos (2) fracasos, el participante
tendrá que tomar el curso completo (inicial/repaso) antes de repetir el examen.
9. Establecer las garantías necesarias, para asegurar que los participantes del curso de
adiestramiento no tengan acceso a las preguntas del examen o al examen, antes o después
de administrar el mismo.
10. Establecer los procedimientos necesarios para evitar el fraude durante la administración
del examen. Las medidas de seguridad que se tomarán durante la administración del
examen se establecerá en el Plan de Certeza de Calidad. El examinador deberá verificar la
identidad de cada participante mediante tarjeta de identificación con foto.
11. Cada día de adiestramiento consistirá de un mínimo de ocho (8) horas diarias, de las cuales
seis horas y media (6.5) deberán ser mediante enseñanza directa en el salón de clases,
adiestramientos prácticos o visitas al campo, excepto en el caso del curso de repaso de
Diseñador de Proyectos.
12. El día de adiestramiento no excederá de doce (12) horas en un período de veinticuatro (24)
horas.
J. El Programa de adiestramiento ofrecerá cursos que enseñarán las prácticas de trabajo ("handson training"), para llevar a cabo actividades relacionadas con pintura con base de plomo
contenidas en el Capítulo VII de este Reglamento. Estas normas se enseñarán en los cursos de
manera que los adiestrados reciban el conocimiento necesario para realizar las actividades de
pintura con base de plomo, de las cuales son responsables.
K. El Gerente de la escuela de adiestramiento será responsable de asegurarse que el programa de
adiestramiento cumpla, en todo momento, con los requisitos establecidos en este Capítulo.
L. Al concluir los cursos, el Gerente de la escuela de adiestramiento pondrá a la disposición de
todos los asistentes al curso con copias de este Reglamento, según haya sido enmendado, así
como las solicitudes de certificación.