Regl. 9098, art. 139

SOLICITUD DE PERMISO PARA ACTIVIDADES DE PINTURA CON BASE DE PLOMO

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Cite as Reglamento Núm. 9098, Art. 139

A. Toda solicitud de permiso deberá ser sometida en el formulario provisto por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, firmado y completado por el Diseñador del Proyecto. B. Toda solicitud deberá contar con una autorización del dueño de la instalación. En caso de que sea una corporación, la autorización será firmada por la persona autorizada en la resolución corporativa. En el caso de municipios u otras entidades no corporativas, la solicitud será firmada por un oficial responsable autorizado. 77 C. La firma de la solicitud constituirá una aceptación de responsabilidad de acuerdo con las leyes, reglamentos y condiciones del Permiso aplicables. D. Toda persona que firma una solicitud de permiso bajo este Capítulo incluirá la certificación que se incluye en la misma. E. Toda solicitud de permiso incluirá, como mínimo, la siguiente información: 1. Nombre, dirección física, postal y de correo electrónico y números de teléfono del dueño de la vivienda o instalación donde se estarán llevando a cabo los trabajos de mitigación y/o renovación. 2. Nombre, número de certificación, número de teléfono y dirección física, postal y de correo electrónico de la firma de mitigación y/o renovación y su persona contacto. 3. Nombre, número de certificación, dirección física, postal y de correo electrónico y número de teléfono del: a. Inspector b. Evaluador de riesgos C. Técnico de muestreo de polvo d. Diseñador de proyectos e. Supervisor y/o renovador certificado. 4. Dirección física y mapa de localización donde se realiza la mitigación y/o renovación. 5. Fechas de comienzo y terminación de las actividades de mitigación y/o renovación, incluyendo el trabajo preparatorio y de limpieza final. 6. Calendario de trabajo, incluyendo los días de la semana y las horas de trabajo. 7. Cantidad estimada de desperdicios que serán generados en el proyecto. 8. Método(s) que se usará(n) para las actividades de mitigación y/o renovación. 9. Nombre, dirección física, postal y de correo electrónico, número de teléfono de la persona jurídica 0 natural contratada para transportar los desperdicios sólidos generados y el Permiso de transportación, otorgado por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y una carta de dicho transportador que evidencie su disponibilidad para transportar los desperdicios generados. 10. Nombre, dirección física, postal y de correo electrónico del dueño y el operador del sistema de relleno sanitario que servirá de destino final a los desperdicios sólidos generados en el proyecto, así como copia del Permiso de Operación expedido por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y una carta de dicha instalación que evidencie su disponibilidad para recibir los mismos. 78 11. En caso de mitigaciones y/o renovaciones de emergencia ordenadas, el nombre, título y la autoridad federal, estatal 0 representante administrativo que ordenó las actividades de mitigación y/o renovación, la fecha en que se emitió la orden y la fecha para la cual se ordenó que se iniciara la mitigación y/o renovación. 12. En caso de actividades de mitigación y/o renovación de emergencia, una descripción de la naturaleza de la emergencia y una explicación si la mitigación y/o renovación no es efectiva, cómo corregir la situación y cómo ésta podría ocasionar un riesgo a la salud, bienestar 0 el medio ambiente. 13. Valor total (monetario) del proyecto de mitigación y/o renovación de pintura con base de plomo a ser autorizado por el permiso. 14. Número total de las unidades, que serán mitigadas y/o renovadas, o ambas. 15. La firma original del representante de la firma de mitigación y renovación. 16. Nombre y número de certificación de lo (s) individuo (s) que preparó el Plan de Protección de Residentes en las actividades de mitigación y/o renovación. 17. Copia del estudio realizado para determinar presencia de pintura con base de plomo. Este estudio no debe tener más de cinco (5) años y la entidad que lo realice debe estar certificada al momento de realizarlo. 18. Cualquier otra información que el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales entienda sea necesaria. F. Solicitudes de permiso deberán estar acompañadas por una cuota por proyecto según establecida por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Las cuotas relacionadas a radicación no serán reembolsables. G. Las solicitudes para modificar un permiso, se presentarán por el solicitante, dentro del tiempo de duración del proyecto, en un formulario provisto por el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Cambios que pudieran ser considerados como modificaciones, incluyen los siguientes: 1. Cambio en los transportistas. 2. Cambio en la instalación de disposición final en 0 fuera de Puerto Rico. 3. Cambios de laboratorio (NLLAP) u otro. 4. Aumento en la cantidad (volumen 0 peso) de los desperdicios sólidos a disponer con plomo. 5. Añadir otras áreas físicas (unidades de vivienda, edificios, paredes) que no fueron investigadas e incluidas en el Plan de trabajo original, radicado ante el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. H. Cuando se expide un permiso para actividades de mitigación y/o renovación, deberán llevarse a cabo bajo la dirección de un Supervisor y/o Renovador certificado por el Departamento de 79 Recursos Naturales y Ambientales, quien estará en el lugar en todo momento, incluyendo al momento de la disposición. I. Prácticas de Trabajo Uniformes durante actividades de pintura con base plomo. 1. Rotulación adecuada que indique que se están llevando a cabo trabajos de remoción de pintura con base de plomo. 2. Se colocarán barreras físicas como, pero sin limitarse a: cintas de advertencia para evitar el acceso de personas ajenas al proyecto. 3. La entrada y salida del área a mitigarse será a través de un área de descontaminación. 4. El área de descontaminación ("decon area") tendrá, pero sin limitarse a: un cuarto limpio, cuarto de ducha, cuarto "sucio" o de herramientas, y de equipo de protección personal. 5. Las áreas abiertas del proyecto serán cerradas con plástico polietileno no menor de 6 mil de espesor. Este encerramiento se hará previo a la remoción de la pintura con base de plomo. 6. Pisos, drenajes, retornos u otros caminos que tengan acceso al exterior del área donde se lleva a cabo la mitigación, se cubrirán con plástico polietileno 6 mil, antes de remover la pintura con base de plomo. 7. Supervisor y/o Renovador, deberá estar en el lugar, todo el tiempo. J. Almacenaje de los Desperdicios Generados durante la Mitigación. 1. Previo a comenzar las actividades de remoción de pintura con base de plomo se designará un área encerrada para almacenar los desperdicios generados. 2. El área de almacenaje deberá rotularse indefinidamente. 3. Una vez completados los trabajos del día, el área de almacenaje deberá cerrarse. K. Los procedimientos para determinar los niveles de limpieza, después de la mitigación ordenada, deberán ser conducidos, solamente, por un Inspector o Evaluador de riesgos certificado. 1. Después de la mitigación el área será inspeccionada visualmente, para determinar si existe presencia de pintura deteriorada en las superficies, o cantidades visibles de particulado, polvo, escombros, desperdicios o ambos. Si se observan superficies de pintura deteriorada 0 cantidades visibles de particulado, polvo, escombros O desperdicios, tales condiciones deberán removerse, antes de continuar con los procedimientos para determinar los niveles de limpieza. 2. Después de una inspección visual y de cualquier limpieza post-mitigación requerida por la
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