Regl. 3811, art. LIV-1

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 3811, Art. LIV-1

El propósito de esta Regla es establecer, al amparo de la Ley Núm. 66 de 27 de mayo de 1976, según enmendada, los derechos que habrá de pagar al Secretario de Hacienda, toda persona, organismo tarifador, asegurador u organización de servicios de salud que presente O inscriba ante el Comisionado de Seguros de Puerto Rico cualquier formulario de póliza de seguro, formulario de solicitud, certificado de seguro, aditamento impreso, formulario de endoso, manual de tipos, lista de tipos, clasificación de riesgo, plan tarifario y cualquier otra información concerniente a la aplicación y cómputo de tipos que estén sujetos a aprobación conforme a los Artículos 11.110, 12.050, 12.090, 12.140, 18.090, 19.080, 23.060, 36.200, 36.210 y 41.040 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, conocida como "Código de Seguros de Puerto Rico".
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