Regl. 9099, art. 5.24-6.1
Presentación de la apelación
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Cite as Reglamento Núm. 9099, Art. 5.24-6.1
(a) Término para presentar la apelación: las apelaciones contra una
resolución, orden o determinación final emitidas por el(la) Secretario(a)
se presentarán dentro del término jurisdiccional de treinta (30) días
contados desde la fecha de la notificación de la determinación final al
empleado.
(b) Notificación a las partes: la parte apelante notificará la apelación y
cualquier apéndice incluido con ella a las partes dentro del término
dispuesto para la presentación de la apelación. Este es un requisito de
estricto cumplimiento. La notificación de la apelación a las partes se
hará remitiendo copia de la apelación y cualquier apéndice incluido con
ella debidamente sellada por la Oficina con la fecha y hora de su
presentación mediante: (1) correo certificado; (2) correo ordinario; (3)
entrega personal; o (4) correo electrónico, siempre que el documento
notificado sea copia fiel y exacta del documento original.
La notificación por correo certificado y por correo ordinario se
remitirá a los abogados de las partes o a las partes, cuando no
estuviesen representadas por abogado, a la dirección postal que surja
del último escrito que conste en el expediente del caso.
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La notificación mediante entrega personal se hará entregando copia
de la apelación y cualquier apéndice incluido con ella directamente al
abogado que represente a las partes o entregándola en la oficina de los
abogados que representen a las partes. Si las partes no están
representadas por abogado, la notificación mediante entrega personal
se hará entregando copia de la apelación y cualquier apéndice incluido
con ella directamente a la parte o entregándola en el domicilio de las
partes o en la dirección que surja del expediente del caso.
La notificación por correo electrónico se hará a la dirección
correspondiente de los abogados que representen a las partes o la de
las partes, de no estar representadas por abogado, cuando las partes
a ser notificadas hayan provisto a la Oficina una dirección de correo
electrónico según surja del expediente del caso.
Se considerará que la fecha de notificación de las partes es la que
consta del certificado postal como fecha de su depósito en el correo en
los casos de envío mediante correo certificado. En los casos de
notificación mediante envío por correo ordinario, se considerará como
fecha de notificación la fecha del depósito en el correo.
Cuando la notificación se haga por correo electrónico se considerará
como fecha de notificación a las partes la fecha del envío del correo
electrónico con la apelación incluida como anejo a dicho correo
electrónico.
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Cuando la notificación se haga mediante entrega personal, se
considerará como fecha de notificación la fecha en que se entregó la
Apelación a la parte apelada.