Regl. 9103, art. 16.5-7
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9103, Art. 16.5-7
Los siguientes términos usados en este Reglamento tendrán el significado que a
continuación se expresa:
a. Anualmente- significará un término de trescientos sesenta y cinco (365) dÃas.
b. Asiento Protector significará sistema de protección y seguridad para niños menores
de cuatro (4) años de edad mientras viajan en un automóvil.
C. Asiento elevado o "booster seat"- significará sistema de protección y seguridad para
menores de ocho (8) años hasta que cumplan con los siguientes criterios: tengan un
peso entre ochenta (80) a cien (100) libras, tengan una estatura de cuatro (4) pies
nueve (9) pulgadas y pasen la prueba de ajuste del cinturón de seguridad.
d. Caducidad del Asiento Protector Fecha establecida por el fabricante del asiento
protector el cual señala la fecha en que culmina su vida útil. Usualmente, localizado
en la parte trasera del asiento protector.
e. Certificación Certificación de Orientación sobre Uso e Instalación Adecuada de
Asientos Protectores.
f. Centro de Inspección Centros de Inspección y Orientación del Uso e Instalación
Correcta de los Asientos Protectores para Niños en los VehÃculos de Motor creada
en virtud de la Ley 225-2003, ubicada en las instalaciones del Cuerpo de Bomberos
de Puerto Rico o Comisión para la Seguridad en el Tránsito.
g. CST Comisión para la Seguridad en el Tránsito creada en virtud de la Ley 33-1972.
h. Ley 22-2000 Ley de VehÃculos y Tránsito de Puerto Rico, según enmendada.
i. Ley 38-2017- Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto
Rico, según enmendada.
j. NHTSA National Highway Traffic Safety Administration.
As
k. Niños Significará cualquier persona de ocho (8) años o uno que mida menos de
(4) pies nueve (9) pulgadas y entre ochenta (80) y cien (100) libras, hasta que los
niños no alcancen esa altura y peso necesitan asientos protectores o asientos
elevados para contar con protección.
I. Técnico Certificado Empleado activo en funciones para el Gobierno de Puerto Rico
o Municipal, incluyendo pero sin limitarse a: Cuerpo de Bomberos o Técnico
Certificado de la Comisión para la Seguridad en el Tránsito, cuya licencia deberá
estar vigente.
4 Página Reglamento sobre la Instalación Adecuada de Asientos Protectores
m. Página electrónica de la Comisión de Seguridad en el Tránsito página en lÃnea de
la Comisión de Seguridad en el Tránsito en la cual se brindará información educativa
sobre la seguridad de los menores cuando son transportandos en vehÃculos de
motor.