Regl. 9108, art. 5.14
Emergencia
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Cite as Reglamento Núm. 9108, Art. 5.14
Aquella situación que ocasione necesidades excepcionales e imprevistas de una comunidad 0 en la
ODSEC que requieran la acción inmediata de la ODSEC, por estar en peligro la vida, salud O seguridad de
una 0 más personas, estar en peligro de suspenderse O afectarse adversamente el servicio público O estar
en peligro de dañarse 0 perderse la propiedad del Gobierno de Puerto Rico. En esta situación, se podrán
ODSEC
Reglamento para el Programa
"La Obra en tus Manos" y
el Programa de Desarrollo Comunitario
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tomar las medidas necesarias en bien del interés público para realizar compras sin sujeción a los
procedimientos establecidos, previa autorización por escrito del Director Ejecutivo y según los criterios
que se establezcan en el Reglamento y las Normas que promulgue el Director Ejecutivo mediante Orden
Administrativa.