Regl. 9109, art. 13.5
Resultados de la auditoría
Length: 191 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9109, Art. 13.5
1. El auditor, para cumplir con los objetivos de la auditoría, debe presentar en el informe
los hallazgos de auditoría que se han determinado. Los hallazgos de auditoría deben
comunicarse por escrito a la unidad auditada. Todas las comunicaciones con la unidad
auditada deben estar documentadas en las hojas de trabajo.
26
2. Al redactar los hallazgos de auditoría, el auditor debe incluir información suficiente,
competente y relevante para facilitar la comprensión de éstos y que su exposición sea
convincente y objetiva.
3. Los hallazgos de la auditoría, como regla general, cumplen con los objetivos de la
auditoría y en el informe se establece claramente la relación de esos objetivos con los
elementos del hallazgo.
4. Cada informe emitido por la Oficina incluirá solo aquellos hallazgos y conclusiones
que sean consistentes con la evidencia obtenida y que respondan a los objetivos de la
asignación. Los hallazgos, incluso la evidencia que los justifica y cualesquiera
conclusiones, deben ser presentados de modo que logren los objetivos de la asignación
y cumplan con las características básicas de los informes de la Oficina.
Se enmienda la Sección 13.6 para que lea de la siguiente manera: