Regl. 9109, art. 16.1 dup2
Normas
Length: 102 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9109, Art. 16.1 dup2
Las normas para la revisión y actualización del Reglamento son las siguientes:
1. Toda persona que identifique áreas del Reglamento que, a su juicio, requieran revisión,
podrá someter sus sugerencias o comentarios por escrito a la Oficina.
2. La Junta Fiscalizadora de Donativos y Gastos, podrá recomendar enmiendas a este
Reglamento.
3. El Contralor Electoral, por sí o por medio de una persona autorizada para ello, podrá
evaluar las sugerencias o comentarios que le sometan.
4. De entender que las sugerencias son meritorias, el Contralor Electoral podrá enmendar
el Reglamento, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley.
TÍTULO XVII DISPOSICIONES FINALES