Regl. 9109, art. 3.1
Examen y AuditorÃa de Informes
Length: 73 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9109, Art. 3.1
La Oficina tiene la responsabilidad de examinar y auditar los informes y la contabilidad de
los ingresos y gastos requeridos por el ordenamiento a personas, partidos, aspirantes,
candidatos, agrupaciones y comités polÃticos regulados por la Ley, asà como los informes
4
requeridos a las agencias publicitarias, medios de difusión, y productores independientes
que prestan servicios a dichos partidos, candidatos y comités.
Se enmienda la Sección 3.2 para que lea de la siguiente manera: