Regl. 9109, art. 5.9
Independencia de asesores legales
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Cite as Reglamento Núm. 9109, Art. 5.9
El personal de asesoramiento legal que colabore con el equipo de trabajo de una auditorÃa
está sujeto a las mismas normas de independencia y es responsable de notificar cualquier
circunstancia que le impida realizar su función de forma independiente, Ãntegra y objetiva.
Se enmienda la Sección 5.10 para que lea de la siguiente manera: