Regl. 9109, art. 9.1 dup2

Definición y evaluación del control interno

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Cite as Reglamento Núm. 9109, Art. 9.1 dup2

El control interno es el proceso diseñado por la unidad auditada para asegurar razonablemente la confiabilidad de la información financiera, la efectividad y eficiencia de las operaciones y el cumplimiento con la reglamentación y leyes aplicables. El auditor debe verificar si la unidad auditada estableció medidas de Controles Internos según establecido por la OCE en el Manual sobre Controles Internos o algunas similares que cumplan con lo dispuesto en dicho Manual. TÍTULO X - CUMPLIMIENTO CON DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS
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