Regl. 9110, art. 5.2
Hojas de trabajo
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Cite as Reglamento Núm. 9110, Art. 5.2
El enlace entre el trabajo de campo y el informe de auditorÃa son las hojas de trabajo. En
esta etapa de la auditorÃa se analizarán y compararán los informes de ingresos y gastos
radicados en la Oficina y la documentación suministrada por el auditado. Para este análisis
se utilizarán hojas de trabajo, las cuales constituyen parte de la evidencia de la labor
realizada y la base que sustenta los señalamientos y las recomendaciones del auditor.
Algunos de los aspectos analizados son los siguientes:
1. Presentación de informes;
2. Presentación de notificaciones de informes de Actos PolÃticos Colectivos;
3. Resumen de ingresos y gastos según los informes radicados;
4. Detalle de ingresos;
5. Detalle de gastos;
6. Prueba de ingresos y gastos;
7. Depósitos en las cuentas bancarias;
8. Cheques emitidos, nulos y sin emitir para todas las cuentas bancarias;
9. Desembolsos para todas las cuentas bancarias;
10. Prueba de manejo de efectivo;
11. Análisis de gastos en medios de difusión y agencias de publicidad;
12. Donativos anónimos;
13. Donativos en exceso;
14. Donativos ilegales;
15. Donativos en especie;
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16. Relación de cuentas a pagar;
17. Relación de cuentas a cobrar; y
18. Cualquier otra relación que determine realizar el grupo de Auditores.
Las hojas de trabajo deberán identificarse con número de referencia, para lo cual se
utilizarán los sistemas de Ãndice y de contra referencia.
Se enmendó la Sección 5.3 para que lea de la siguiente manera: