Regl. 9112, art. 2.00
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Cite as Reglamento Núm. 9112, Art. 2.00
2.01 Este Reglamento se promulga en virtud de las facultades conferidas a la
Administración de Terrenos de Puerto Rico ("la Administración") a través de la Ley
Núm. 13 de 16 de mayo de 1962, conocida como la Ley de la Administración de Terrenos
de Puerto Rico, 23 L.P.R.A. §§ 311 et seq. El artículo 7(e) de dicha ley faculta a la
Administración a aprobar, enmendar o derogar reglamentos para regir su actividad en
general, y ejercer y desempeñar los poderes y deberes que por ley se le confieren. El
Reglamento se adopta de conformidad con la Ley Número 38-2017, conocida como la
"Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico", según
enmendada.