Regl. 9112, art. 3.00 dup2

PROPÓSITO, ALCANCE E INTERPRETACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 9112, Art. 3.00 dup2

3.01 Este Reglamento se adopta para establecer -de conformidad con los amplios poderes conferidos a la Administración por su ley orgánica, y con el propósito de cumplir con los fines públicos de dicha ley- las normas y procedimientos para la adquisición de 3 bienes inmuebles u otros derechos reales por la Administración, y para el arrendamiento, y la venta o transferencia de derechos reales sobre bienes inmuebles pertenecientes a la Administración. 3.02 Este Reglamento aplicará a las siguientes transacciones llevadas a cabo por la Administración: 1. Adquisición de bienes inmuebles u otros derechos reales por parte de la Administración. 2. Arrendamiento a corto plazo (hasta cinco años) y largo plazo (más de cinco años) de bienes inmuebles de la Administración. 3. Venta de bienes inmuebles de la Administración. 4. Otras transferencias de derechos reales, a perpetuidad o a término, sobre bienes inmuebles de la Administración. 3.03 De conformidad con la Exposición de Motivos y las disposiciones de la Ley de la Administración de Terrenos de Puerto Rico, este Reglamento deberá interpretarse liberalmente de manera que se cumplan los propósitos e intenciones de dicha ley.
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