Regl. 9112, art. 5.00 dup2
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA ARRENDAR O
Length: 350 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9112, Art. 5.00 dup2
ADQUIRIR DERECHOS REALES SOBRE UN BIEN
INMUEBLE PERTENECIENTE A LA ADMINISTRACIÓN.
5.01 Será elegible para arrendar o adquirir derechos reales sobre bienes inmuebles
pertenecientes a la Administración, aquella persona que:
1.
Posea responsabilidad y capacidad financiera para satisfacer las condiciones
de la transacción.
2.
Si se trata de una persona jurÃdica, ésta deberá estar debidamente
incorporada o constituida y autorizada a hacer negocios en Puerto Rico,
cumpliendo con todas las leyes y disposiciones aplicables al tipo de entidad
de que se trate.
3.
Si al momento de solicitar se trata de una persona natural o jurÃdica, y ésta
posteriormente notifica a la Administración una petición de que se le
sustituya en las negociaciones y trámites por una corporación, sociedad u
otra persona jurÃdica, la Administración podrá autorizar la sustitución,
siempre que la Administración determine que no es perjudicial al interés
público, ni indebidamente onerosa o dilatoria de los procedimientos de
transferencia, y que el esquema bajo el cual el solicitante interesa continuar
las negociaciones ha sido incorporado o constituido para todos los efectos
legales. La Administración podrá requerir la información necesaria para
evaluar la sustitución y establecer las condiciones apropiadas para autorizar
la misma.
4.
Acredite satisfactoriamente haber obtenido una dispensa en aquellos casos
en que la Ley de Ética Gubernamental lo requiera para una contratación
gubernamental.
5.02 No será elegible para arrendar ni adquirir derechos reales sobre bienes inmuebles
pertenecientes a la Administración una persona que:
1.
Sea funcionario o empleado de la Administración o de su Junta de Gobierno,
o familiar inmediato o agente de éstos, o que presenta la solicitud bajo la
dirección y para beneficio del funcionario o empleado en cuestión, con
excepción de que éste cumpla con la Sección 5.01 inciso 4 de este
Reglamento.
7
2.
Esté impedido por alguna prohibición de la Ley de Ética Gubernamental
vigente, 0 de alguna otra ley, incluyendo leyes que establezcan requisitos
para la contratación gubernamental.
3.
Tenga una deuda vencida con la Administración.
4.
No evidencie satisfactoriamente su capacidad financiera para llevar a cabo la
transacción.
5.
Omita suplir información, o presente información falsa a la Administración.