Regl. 9121, art. III

APLICABILIDAD

Last amended: 1996Length: 56 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9121, Art. III

Las disposiciones contenidas en este Reglamento aplicarán (1) a toda persona que solicite los beneficios del Programa, (2) a toda persona 0 entidad que posee y/o opere proyectos de viviendas que interesen recibir beneficios del Programa y (3) a los funcionarios y empleados del Departamento de la Vivienda en quienes recae la responsabilidad del Programa. 1
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