Regl. 9121, art. V
CONCESIÓN DEL SUBSIDIO
Cite as Reglamento Núm. 9121, Art. V
A. Se podrá conceder un subsidio para el pago mensual del arrendamiento de vivienda a
toda persona de edad avanzada que cumpla con los requisitos establecidos en el
ArtÃculo VI de este Reglamento.