Regl. 9121, art. XIV

REQUISITO DE LA VIVIENDA

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Cite as Reglamento Núm. 9121, Art. XIV

A. La unidad de vivienda en relación con la cual se solicita el subsidio para el arrendamiento deberá cumplir con los siguientes requisitos mínimos exigidos por las leyes federales y estatales sin que entiendan como una limitación: 1. La unidad debe de contar con sala, área de cocina y baño. 2. Debe tener mínimo un (1) dormitorio O sala dormitorio. 3. Todas las habitaciones que se utilicen como dormitorio deben de tener por lo menos una (1) ventana y si es accesible desde afuera debe cerrar 13 evitando que se pueda abrir desde afuera. Los baños deben de contar con una toma de corriente GFCI, una (1) ventana y de no tenerla deberán tener un extractor que funcione. Además, deberán tener aditamentos para personas con impedimentos de ser necesario, según la Ley ADA y el Fair Housing Act. 4. Las puertas exteriores deben tener cerraduras que operen con llaves para poder entrar a la misma pero no para salir (No doble llave). 5. Las unidades del proyecto deben contar con un sistema eléctrico con caja de seguridad, servicio de agua potable de la Autoridad de Acueductos Alcantarillados y deberá estar en condiciones adecuadas e higiénicas. 6. La estructura debe ser segura y libre de defectos que puedan afectar la seguridad de sus ocupantes. 7. La unidad debe tener libre acceso y evitar tener condiciones que puedan poner en peligro la salud y seguridad de los residentes. 8. Deberá tener acceso a personas con impedimentos y contar con instalaciones que faciliten la movilidad de estás, tales como: accesorios de baño, entradas adecuadas y otros, de ser necesario para las personas de edad avanzada conforme a las leyes estatales y federales aplicables. 9. La estructura deberá tener accesorios de seguridad, tales como: alarma de monóxido de carbono (si aplica), extintor de fuego y detector de humo, "tele entry" O sistema de comunicación para permitir acceso de visitantes, cámaras de seguridad y sistema de alerta de emergencia en baño y cuarto de cada unidad. (si aplica de acuerdo a la construcción del Proyecto). 14 10. Cualquier otro requisito dispuesto por cualquier ley 0 reglamento federal 0 estatal O dispuesto por el Secretario de la Vivienda mediante Orden Administrativa. 11. Las áreas comunes y las unidades de vivienda del Proyecto deben cumplir con los requerimientos de la Ley ADA y sus reglamentos aplicables.
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