Regl. 9121, art. XXIV
MONITORIA ANUAL A OPERACIONES DEL
Cite as Reglamento Núm. 9121, Art. XXIV
PROYECTO
A. El Departamento de la Vivienda realizará anualmente una monitoria al Proyecto
para evaluar el cumplimiento de la Ley 173 de 1996, según enmendada, las
disposiciones de este reglamento y el contrato C.A.S.A. vigente.
B. El Departamento verificará mediante el escogido de una muestra, los expedientes
de los Participantes con relación:
1. Elegibilidad del Participante.
2. Determinación de Subsidio.
3. Cumplimiento de Inspecciones Iniciales.
4. Documentos requeridos por reglamento.
5. Cumplimiento con los términos de Revisión Anual y cuando surjan cambios
de ingresos y/o composición familiar.
6. Cualquier otra operación que incida en el desembolso de subsidio por
parte del Departamento de la Vivienda.
C. El porciento de la muestra a examinar la determinará el Departamento de la
Vivienda según el Proyecto y cantidad de unidades ocupadas.
D. Cualquier discrepancia O señalamiento producto de la monitorÃa realizada al
Proyecto, debe ser corregida en un periodo de treinta (30) dÃas desde el momento
en que el Programa realiza la notificación por escrito de los señalamientos al
Proyecto.
E. Una vez el Programa verifica todos los expedientes y las correcciones de los
señalamientos O discrepancias, se emitirá una certificación de cumplimiento
anual.
F. Cualquier discrepancia 0 señalamiento en cuanto pago de subsidio que sea mayor
al que corresponda según la monitoria, el Programa y el Proyecto hará el ajuste
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en la próxima nómina. De no cubrirse el balance adeudado en una sola nómina,
se hará el descuento en las subsiguientes hasta cubrir el balance adeudado por
determinación de subsidio erróneo.
G. Anualmente, el 1ro de julio comenzando al año siguiente de la aprobación de este
reglamento, los Proyectos enviarán al Departamento de la Vivienda un pago de
$25.00 por unidad de vivienda que esté bajo el C.A.S.A. Este pago cubrirá los
gastos de monitorias anuales a los Proyectos bajo el Programa. El pago deberá
ser mediante cheque certificado a Nombre del Departamento de la Vivienda de
Puerto Rico.